Buenos Aires, 7 de diciembre (Télam).- La investigación por reducción a la servidumbre en talleres textiles ilegales buscará determinar si hubo delito penal por parte de las empresas que encargaban trabajos con esta mano de obra, resolvió la Cámara Federal porteña.
El tribunal de apelaciones tomó la decisión al confirmar el procesamiento sin prisión preventiva de doce acusados por 'reducción a la servidumbre y facilitación de permanencia ilegal de extranjeros' en el país, según el fallo al que hoy accedió Télam.
'La investigación no debería circunscribirse exclusivamente a los responsables directos de estos talleres, si es que la cadena hasta la comercialización demuestra la existencia de conductas de relevancia penal por parte de aquellos que pudieron haberse aprovechado de esta actividad mediante el encargo de trabajos en estas condiciones', consideraron los camaristas de la sala I.
De esta manera los camaristas Eduardo Freiler, Gabriel Cavallo y Eduardo Farah se refirieron a las empresas de indumentaria que contrataban a estos talleres ilegales, en una recomendación hecha al juez de la causa, Norberto Oyarbide.
El tribunal confirmó los procesamientos dictados por el juez de instrucción a Juan Carlos Salazar Nina, Remedios Flores Alarcón, los ciudadanos coreanos Sungo Ho Han, Han Ki gone, Kim Ki Ja y Park Sun Keun y otros imputados, acusados de estar a cargo de distintos talleres allanados y clausurados.
La Cámara consideró que hay suficientes pruebas para enviar a todos a un futuro juicio oral.
'Se ha demostrado que los imputados estuvieron al frente de estos establecimientos en los que se constató que distintas personas -en su mayoría ciudadanos extranjeros en situación migratoria irregular- vivían en el lugar bajo condiciones de precariedad extrema' , determinaron los jueces.
Las víctimas de estas maniobras 'habrían estado expuestas al dominio absoluto de los dueños de los talleres textiles, habiéndose visto, consecuentemente, menoscabadas en su libertad', consideró la resolución.
Este cuadro de situación 'conformaría un estado de sometimiento y cosificación de las victimas propio de la situación de servidumbre'.
Las defensas de los acusados argumentaron en todos los casos que los trabajadores daban su consentimiento a esas condiciones laborales, un argumento descartado por la Cámara.
'El consentimiento no puede existir frente a la persecución, a la violencia o al fraude' ya que 'la mayoría de las víctimas eran extranjeras en situaciones migratorias irregulares'.
Esto los ponía en 'situación de vulnerabilidad' que 'era aprovechada por los procesados para someter a estas personas, pues carecían de opciones dignas de trabajo'.
En estos talleres se 'llevaban a cabo prolongadísimas jornadas laborales, con ausencia de aportes provisionales y de obra social e insignificantes salarios'.
En uno de ellos, ubicado en Portela 1251, había 32 mayores y menores viviendo en 'condiciones indignas' además de máquinas de coser, telas, prendas de confección, colchones, camas y una heladera de uso común.
Los baños 'ni siquiera tenían divisiones entre los inodoros y las duchas', remarcaron.
'Las víctimas estaban sujetas a prolongadísimas jornadas laborales entre 10 y 15 horas diarias' con sueldos de entre 300 y 700 pesos, según declararon testigos de identidad reservada.
En los casos de Juan Carlos Salazar Nina y Remedios Flores Alarcón se consideró probado que estaban a cargo de talleres textiles ubicados en Laguna 940 y Garzón 3853.
Según un testigo de identidad reservada allí había 'golpizas efectuadas a los trabajadores en patios internos del galpón'.
A los ciudadanos coreanos se los acusa de estar a cargo de un taller en Ramón Falcón 3175, donde también había malos tratos e insignificantes salarios, según la causa judicial.
'Los imputados han facilitado la permanencia ilegal de extranjeros en territorio nacional con el fin de obtener un beneficio económico, que era, precisamente, aprovecharse de su mano de obra en las condiciones antes señaladas', concluyó la Cámara. (Télam)
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