domingo, diciembre 09, 2007

Trabajo esclavo: Cámara Federal ordenó investigar a empresas de ropa

Buenos Aires, 7 de diciembre (Télam).- La investigación por  reducción a la servidumbre en talleres textiles ilegales buscará  determinar si hubo delito penal por parte de las empresas que  encargaban trabajos con esta mano de obra, resolvió la Cámara  Federal porteña.

El tribunal de apelaciones tomó la decisión al confirmar el  procesamiento sin prisión preventiva de doce acusados por  'reducción a la servidumbre y facilitación de permanencia ilegal  de extranjeros' en el país, según el fallo al que hoy accedió  Télam.

'La investigación no debería circunscribirse exclusivamente a  los responsables directos de estos talleres, si es que la cadena  hasta la comercialización demuestra la existencia de conductas de  relevancia penal por parte de aquellos que pudieron haberse  aprovechado de esta actividad mediante el encargo de trabajos en  estas condiciones', consideraron los camaristas de la sala I.

De esta manera los camaristas Eduardo Freiler, Gabriel Cavallo  y Eduardo Farah se refirieron a las empresas de indumentaria que  contrataban a estos talleres ilegales, en una recomendación hecha  al juez de la causa, Norberto Oyarbide.

El tribunal confirmó los procesamientos dictados por el juez  de instrucción a Juan Carlos Salazar Nina, Remedios Flores  Alarcón, los ciudadanos coreanos Sungo Ho Han, Han Ki gone, Kim Ki  Ja y Park Sun Keun y otros imputados, acusados de estar a cargo de  distintos talleres allanados y clausurados.

La Cámara consideró que hay suficientes pruebas para enviar a  todos a un futuro juicio oral.
'Se ha demostrado que los imputados estuvieron al frente de  estos establecimientos en los que se constató que distintas  personas -en su mayoría ciudadanos extranjeros en situación  migratoria irregular- vivían en el lugar bajo condiciones de  precariedad extrema' , determinaron los jueces.

Las víctimas de estas  maniobras 'habrían estado expuestas al  dominio absoluto de los dueños de los talleres textiles,  habiéndose visto, consecuentemente, menoscabadas en su libertad',  consideró la resolución.

Este cuadro de situación 'conformaría un estado de  sometimiento y cosificación de las victimas propio de la situación  de servidumbre'.

Las defensas de los acusados argumentaron en todos los casos  que los trabajadores daban su consentimiento a esas condiciones  laborales, un argumento descartado por la Cámara.
'El consentimiento no puede existir frente a la persecución, a  la violencia o al fraude' ya que 'la mayoría de las víctimas eran  extranjeras en situaciones migratorias irregulares'.

Esto los ponía en 'situación de vulnerabilidad' que 'era  aprovechada por los procesados para someter a estas personas, pues  carecían de opciones dignas de trabajo'.

En estos talleres se 'llevaban a cabo prolongadísimas jornadas  laborales, con ausencia de aportes provisionales y de obra social  e insignificantes salarios'.

En uno de ellos, ubicado en Portela 1251, había 32 mayores y  menores viviendo en 'condiciones indignas' además de máquinas de  coser, telas, prendas de confección, colchones, camas y una  heladera de uso común.

Los baños 'ni siquiera tenían divisiones entre los inodoros y  las duchas', remarcaron.
'Las víctimas estaban sujetas a prolongadísimas jornadas  laborales entre 10 y 15 horas diarias' con sueldos de entre 300 y  700 pesos, según declararon testigos de identidad reservada.

En los casos de Juan Carlos Salazar Nina y Remedios Flores  Alarcón se consideró probado que estaban a cargo de talleres  textiles ubicados en Laguna 940 y Garzón 3853.

Según un testigo de identidad reservada allí había 'golpizas  efectuadas a los trabajadores en patios internos del galpón'.

A los ciudadanos coreanos se los acusa de estar a cargo de un  taller en Ramón Falcón 3175, donde también había malos tratos e  insignificantes salarios, según la causa judicial.

'Los imputados han facilitado la permanencia ilegal de  extranjeros en territorio nacional con el fin de obtener un  beneficio económico, que era, precisamente, aprovecharse de su  mano de obra en las condiciones antes señaladas', concluyó la  Cámara. (Télam)
 
 

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