La Corte Interamericana de Derechos Humanos intimó a la Argentina a modificar la legislación de calumnias e injurias. Es por el caso del periodista Eduardo Kimel, condenado a indemnizar a un juez al que criticó por consentir la impunidad de la dictadura
Por Diego Martínez (Página/12)
La Corte Interamericana de Derechos Humanos sancionó al Estado argentino por el caso del periodista Eduardo Kimel: le exigió que dejara sin efecto la condena en su contra, que lo indemnizara, reconociera su responsabilidad en un acto público, y lo intimó a modificar su legislación en materia de calumnias e injurias para evitar nuevas violaciones a la libertad de expresión. Kimel había sido condenado por criticar la actuación del juez Guillermo Rivarola durante la investigación de la "masacre de San Patricio", el asesinato de cinco sacerdotes y seminaristas palotinos el 4 de julio de 1976. Durante la conferencia de prensa que ofreció ayer en el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), que lo patrocinó ante el sistema interamericano, Kimel celebró la resolución del máximo tribunal regional en materia de derechos humanos, recordó que el proceso judicial le insumió 17 de sus 55 años y lamentó no poder compartir la buena nueva con su compañera Griselda Kleiner, fallecida en 2006.
La investigación sobre el más importante hecho de sangre sufrido en el país por la Iglesia Católica, que aún no se presentó como querellante, se publicó en 1989. "¿Se quería realmente llegar a una pista que condujera a los victimarios?", se preguntó Kimel tras analizar el expediente. Recordó que la Justicia durante la dictadura fue "condescendiente cuando no cómplice", destacó que "elementos decisivos" para esclarecer el caso "no fueron tomados en cuenta" y que "la evidencia de que la orden del crimen había partido de la entraña del poder militar paralizó la pesquisa".
Rivarola lo querelló por calumnias (falsa imputación de un delito) e injurias (deshonra o descrédito). En 1995 la jueza Angela Braidot condenó a Kimel a un año de prisión y 20 mil dólares de indemnización por injurias. Incurrió en "un exceso injustificado, arbitrario e innecesario", sostuvo. Un año después la Cámara de Apelaciones revocó la condena. Calificó al libro como "una breve crítica histórica" que "no ha excedido los límites éticos de su profesión". En 1998 la Corte Suprema de Justicia menemista revocó la absolución y ordenó dictar una nueva sentencia. Adolfo Vázquez, Julio Nazareno, Eduardo Moliné O'Connor, Guillermo López y Carlos Fayt apuntaron "falsedad de las imputaciones delictivas" y "dolo" del escritor "con la única intención de desacreditar al juez". Los camaristas Alfredo Barbarosch y Carlos Gerome acataron el lineamiento y condenaron a Kimel, entonces por calumnias. El rechazo de los recursos ante la Corte presentados por los abogados de la Unión de Trabajadores de Prensa de Buenos Aires (Utpba) abrieron la instancia interamericana.
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